Es algo que se implantó hace unos pocos años, como otra de esas normativas de más a las que obligan las administraciones autonómicas, con tal de incentivar el sector del seguro, y con el “supuesto propósito” de no dejar desamparado a nadie por si algún terremoto, huracán, inundación, o cualquier otra catástrofe inesperada echa la casa o parte de ella por los suelos, como podría ser debido, por ejemplo, al empleo de materiales de mala calidad en su construcción, o bien un incendio, por citar otro ejemplo. Pero es una mala medida que castiga la economía de las familias, que han de añadir otro gasto obligatorio más al capítulo de mantenimiento de la propia vivienda.
El precio de dicho seguro suele rondar entre los 300 y los 600 euros anuales de promedio, con lo que supone un gasto muy importante a soportar por parte de muchas familias, y más en los actuales tiempos de crisis económica que estamos sufriendo. Tendría que haber “libre mercado”, dejando a cada particular lo que creyera más conveniente, sea si se asegura o no su casa, pero ya sabemos que desde que estrenábamos democracia y estado de autonomías, las libertades han resultado ser cada vez más recortadas, con leyes, más leyes, y cada vez con más nuevas leyes en todos los aspectos, y que en muchos sentidos más leyes suponen más gastos en la escasa economía de los ciudadanos.
No obstante, ese tipo de obligación de contratar un seguro, conlleva su parte negativa, ya que vuelve a la gente del gremio del ladrillo a ser más despreocupada y presta a hacer chapuzas, porque….¿para qué preocuparse de lo que tenga que suceder si igualmente al final luego lo va a cubrir un seguro obligatorio?, y así, todos acostumbrados a pasar la pelota a los demás, todos se lavan las manos y se quedan tan panchos, gracias a la implantación de esa medida administrativa obligatoria. Con lo que lo mismo la codicia recaudatoria rompe el saco, como las partes intervenientes se quitan responsabilidades de encima de modo disimulado. “Hecha la ley, hecha la trampa”, ese es el principio que lo rige, lo mismo que muchas otras normativas en la construcción que han terminado por embrollar todo y crear una mayor confusión.
Claro que en caso de desgracia, por ejemplo, nos recordarán el terremoto de la ciudad de Lorca en Murcia, donde en el año 2011, miles de familias se encontraron con su casa destruida, y muchas no cubiertas por seguro alguno, que para esos casos colectivos si hubiera supuesto una verdadera ruina para las compañías de seguros. Claro que cuando pasa algo inesperado, cualquier incidencia en el edificio, lo que no se sabe luego es cómo reaccionan las compañías de seguros y qué están dispuestas a valorar y a aportar de compensación económica. Pero por el otro lado, esos destrozos de los edificios, si los cubre una compañía de seguros, también supone faena para los paletas con los que pagarles las reparaciones o la ejecución de un nuevo edificio a cargo de la compañía de seguros. Pero eso ya es otro tema. Os dejo el enlace que habla sobre la destrucción de buena parte de Lorca por parte de un inesperado terremoto:
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